Declárase vigente por un año, computado desde la promulgación de esta ley, el Tribunal Arbitral creado por la ley número 9316 de 14 de Marzo de 1934, pero para conocer tan solo de las ejecuciones hipotecarias.(*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
TERRA - MARTIN R. ECHEGOYEN