OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJOS DE PEDRO ALADIO




Promulgación: 11/09/1934
Publicación: 12/10/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 1394

Artículo 1

   Acuérdase a la señora viuda e hijos del ex Ministro de la Suprema Corte de Justicia, doctor don Pedro Aladio, una pensión graciable de $ 3.600.00, comprendida en ésta la legal que le corresponda.

Artículo 2

   Los gastos del sepelio del doctor Pedro Aladio, serán atendidos con Rentas
Generales.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

NAVARRO - CESAR CHARLONE
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