CODIGO PENAL. MODIFICACION




Promulgación: 29/06/1934
Publicación: 07/07/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 0
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 1268

Artículo 1

   Prorrógase hasta el 31 de Julio del año en curso, la vigencia del Código Penal promulgado el 18 de Enero de 1889 y todas las leyes vigentes que lo complementan, modifican o interpretan.

Artículo 2

   El 1° de Agosto del corriente año, en su reemplazo será puesto en vigencia en todo el territorio de la República, el Código Penal promulgado el 4 de Diciembre del año 1933.

Artículo 3

   Deróganse las disposiciones que se opongan a la presente ley.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

TERRA - JOSE A. OTAMENDI
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