DECLARACION DE INTERES TURISTICO




Promulgación: 14/05/1934
Publicación: 08/06/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 1081

Artículo 3

   Los cargos serán distribuídos a mayoría de votos entre los miembros de la Junta local. El Presidente ejercerá la función ejecutiva en la jurisdicción.
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