DIRECCION GENERAL DE INSTITUTOS PENALES. BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). AUTORIZACION. BIENES INMUEBLES




Promulgación: 14/05/1934
Publicación: 24/05/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 1079

Artículo 2

   El importe de la operación antedicha se abonará entregando el 15 % (quince por ciento) al contado y el saldo a veinte años de plazo, de acuerdo con las formalidades que señala la citada institución para esta clase de transacciones.
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