DIRECCION DE INSTITUTOS PENALES. AUTORIZACION. ENAJENACION DE BIENES INMUEBLES




Promulgación: 05/05/1934
Publicación: 11/05/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 1025

Artículo 1

   Facúltase a la Dirección General de Institutos Penales para realizar, por intermedio del Banco de la República, la venta en solares de los terrenos propiedad del Estado situados a los fondos de la Cárcel Penitenciaria, con frente a la Rambla Wilson y los adyacentes a las canteras de la Unión.

Artículo 2

   El producido de estas ventas, previa deducción de los gastos de administración, será íntegramente destinado a la construcción de la Colonia Educativa de Trabajo, donde se cumplirán las penas de Penitenciaría y las medidas de seguridad eliminativas.

Artículo 3

   Autorízase a la Dirección General de Institutos Penales para contratar un préstamo por la cantidad de doscientos mil pesos ($ 200.000.00) con la garantía de los terrenos cuya venta se dispone.

Artículo 4

   El edificio actualmente ocupado por la Cárcel Penitenciaría será destinado al alojamiento de procesados y establecimiento de condenados a pena de prisión, con observación de los regímenes respectivos y lo estatuído al respecto por el Código Penal.

Artículo 5

   Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.

Artículo 6

   Comuníquese, etc.

TERRA - EUGENIO MARTINEZ THEDY
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