Acuérdase a doña Celina Muñoz Zeballos de González y a sus hijas solteras Clorinda y María Esther una pensión graciable de cien pesos mensuales y a
doña Clara Muñoz Zeballos una pensión graciable de cincuenta pesos mensuales, como hijas viudas y nietas del extinto miembro de la Asamblea Deliberante don Juan José Muñoz.