FUNCIONARIOS MILITARES. ASCENSOS




Promulgación: 26/03/1934
Publicación: 20/04/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 686
Referencias a toda la norma

CAPITULO X

Artículo 81

   Queda facultado el Poder Ejecutivo para llenar las vacantes producidas
como consecuencia de la aprobación de la nueva ley de Cuadros, dentro de los Oficiales en condiciones de ascenso, y en la forma que considere más justa.
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