FUNCIONARIOS MILITARES. ASCENSOS




Promulgación: 26/03/1934
Publicación: 20/04/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 686
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI
Preparación de la listas de ascenso

Artículo 63

   Los Oficiales tienen derecho a reclamar ante el Poder Ejecutivo, de la calificación que les ha sido otorgada, dentro de los quince días siguientes a la notificación.
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