FUNCIONARIOS MILITARES. ASCENSOS




Promulgación: 26/03/1934
Publicación: 20/04/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 686
Referencias a toda la norma

CAPITULO I
Disposiciones generales

Artículo 6

   Cuando en caso de guerra, se excedan los efectivos legales, sólo podrán llenarse, al volver a tiempo de paz, la mitad de las vacantes que ocurran en cada grado excedido.
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