Para formular las listas de ascenso, se formarán tres Comisiones Calificadoras:
1.o Una Comisión Calificadora de Servicios Militares para calificar los
Oficiales desde Alférez hasta Teniente Coronel inclusive, integrada por:
Un General designado por el Poder Ejecutivo, los Inspectores de armas y
Escuelas como miembros natos, y el Jefe de la Sección Legajos del Estado
Mayor del Ejército como Secretario, con voz, pero sin voto. Un Coronel
por cada arma, también designado por el Poder Ejecutivo, y que sólo
actuarán para calificar a los Oficiales de su arma.
2.o Una Comisión Calificadora de Servicios Militares para calificar los
Coroneles, integrada por el Inspector General del Ejército como
Presidente; y los Generales que desempeñen jefaturas de regiones
militares, e integrada hasta el número de cinco por otros Generales, si
fuera necesario; un Oficial de la Sección Legajos del Estado Mayor del
Ejército actuando como Secretario.
3.o Cuando existan vacantes de Generales de División, el Poder Ejecutivo
nombrará una Comisión Calificadora compuesta del Inspector General del
Ejército como Presidente, y dos Generales de División.