BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). TRIBUNAL ARBITRAL DE EJECUCIONES




Promulgación: 14/03/1934
Publicación: 20/03/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 595

Artículo 8

   En las ejecuciones pendientes, los interesados para gozar de los beneficios de esta ley, deberán presentarse hasta el 30 de Abril de 1934, inclusive. En las ejecuciones a iniciarse el deudor podrá presentarse en cualquier momento hasta que quede ejecutoriada la sentencia de remate.
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