La Intendencia del Departamento de Montevideo expedirá gratuitamente el documento que pruebe el otorgamiento de la exoneración y controlará el cumplimiento de esta ley.
El Poder Ejecutivo tomará de Rentas Generales los recursos necesarios para cubrir la reducción que tengan las rentas Municipales en virtud de la aplicación de esta ley y hará entrega de las cantidades que a dicha Intendencia corresponda, en dos cuotas: una en Enero y la otra en Agosto de cada año.