Destínase de Rentas Generales la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) para atender el déficit producido en el período comprendido entre los meses de Mayo de 1933 a Enero de 1934, en los servicios de los Comedores Públicos Nacionales en el Departamento de Montevideo.
Auméntase a ocho mil pesos ($ 8.000.00), a contar desde el mes de Octubre de 1933, la suma para pago de los gastos que origine, en el Departamento de Montevideo, el servicio de comidas. Esta erogación se imputará a Rentas Generales.