Previa formación por la Administración General de las Usinas Eléctricas y Teléfonos del Estado, con las formalidades legales, del expediente de expropiación correspondiente a cada propietario, la estimación de los inmuebles sujetos a expropiación será efectuada en su oportunidad por una Comisión de técnicos, presidida por un magistrado, los que en conjunto constituirán el Jurado de avaluación, que se compondrá de cinco miembros, a saber: un Juez suplente, designado por la Alta Corte de Justicia y un Delegado, ingeniero agrónomo, nombrado por cada una de las siguientes instituciones: Banco de la República Oriental del Uruguay, Banco Hipotecario del Uruguay, Asociación Rural del Uruguay y Federación Rural.