ADMINISTRACION GENERAL DE LAS USINAS ELECTRICAS Y LOS TELEFONOS DEL ESTADO. ENERGIA HIDROELECTRICA. FACULTADES




Promulgación: 15/02/1934
Publicación: 20/02/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 275
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir y para vender, total o parcialmente, por intermedio del Banco de la República, títulos de Deuda Pública externa e interna, con la garantía de todos los bienes de pertenencia de la Administración General de las Usinas Eléctricas y Teléfonos del Estado y la subsidiaria del Estado, hasta la cantidad de $ 48.000.000.00 oro.
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