Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir y para vender, total o parcialmente, por intermedio del Banco de la República, títulos de Deuda Pública externa e interna, con la garantía de todos los bienes de pertenencia de la Administración General de las Usinas Eléctricas y Teléfonos del Estado y la subsidiaria del Estado, hasta la cantidad de $ 48.000.000.00 oro.