JUSTICIA MILITAR. PROCESOS JUDICIALES




Promulgación: 31/01/1934
Publicación: 16/02/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 220

Artículo 4

   Los militares retirados a que se refiere el artículo 1.° de la presente ley, estarán sujetos, durante el tiempo en que presten servicios en la Justicia Militar, a la jurisdicción militar y a las obligaciones y derechos de carácter disciplinario que correspondan a las jerarquías que invistan.
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