PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. FUNCIONARIOS MILITARES. RETIROS




Promulgación: 10/01/1934
Publicación: 18/01/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 49

Artículo 2

   Las erogaciones que demande el cumplimiento del artículo anterior, se afectarán hasta la cantidad de $ 40.526.06, a las economías que por concepto de sueldos y compensaciones militares, destina el artículo 21 de la ley de 16 de Noviembre de 1926, a mejoramiento de los servicios y materiales del Ejército y la Armada.
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