DIRECCION GENERAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS. PRESUPUESTO




Promulgación: 20/12/1933
Publicación: 05/01/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 1225
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Los gastos de locomoción para carteros suburbanos que se designen con posterioridad a la promulgación de la presente ley, no podrán exceder de quince pesos mensuales por cada cartero.
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