DIRECCION GENERAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS. PRESUPUESTO




Promulgación: 20/12/1933
Publicación: 05/01/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 1225
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   Un tercio de las economías que se obtengan por la supresión de las sucursales de Correos, se destinará exclusivamente al pago de Agentes a comisión, pasando también las economías que se produzcan en el rubro de "Correístas", a reforzar el de "Contratistas".
Ayuda