Proyecto de COT publicado el 26/12/1933.
Ver: Decreto Ley Nº 15.464 de 19/09/1983 artículo 169 (deroga el Código de Organización de los Tribunales Civiles y de Hacienda).
La exigencia del título de abogado establecida respecto de los Secretarios de los Tribunales de Apelaciones, no se hará efectiva mientras los Actuales Secretarios y Adjuntos de dichos Tribunales, desempeñen sus cargos.