CODIGO DE ORGANIZACION DE LOS TRIBUNALES CIVILES Y DE HACIENDA. APROBACION




Promulgación: 19/12/1933
Publicación: 22/12/1933
Proyecto de COT publicado el 26/12/1933.
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 1210
Ver: Decreto Ley Nº 15.464 Derogada/o de 19/09/1983 artículo 169 (deroga el Código 
de Organización de los Tribunales Civiles y de Hacienda).
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   Todos los Juzgados y Fiscalías a que se refiere el artículo 9° asumirán la jurisdicción, competencia y funciones que les asigna el Código de
Organización de los Tribunales Civiles y de Hacienda, una vez que el Poder Ejecutivo y la Alta Corte de Justicia reglamenten, por decreto y Acordada, respectivamente, la presente ley en lo relativo a sus dependencias correspondientes, y que la Alta Corte establezca también por Acordada, a cuál de los actuales Juzgados Letrados de lo Civil, Comercio y Departamentales de Montevideo, corresponderá cada turno.
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