Declárase que los servicios prestados como maestra por la señorita Enriqueta J. Metz, desde el 24 de Marzo de 1914 hasta el 29 de Octubre de 1921, son computables a los efectos de la jubilación y del sueldo progresivo que establece la ley de 28 de Octubre de 1926, debiendo abonar los montepíos correspondientes.