SERVICIO DE DISTRIBUCION DE SEMILLAS. COMERCIO. SEMILLAS




Promulgación: 15/11/1933
Publicación: 21/11/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 1083

Artículo 10

   El plazo para la presentación de las propuestas de semillas al Servicio de Distribución de Semillas deberá fijarse con la suficiente anticipación para permitir efectuar la inspección del cultivo antes de la siega, de acuerdo con lo que determina el inciso B) del artículo 2° de la presente ley.
Ayuda