REMATES. BIENES INMUEBLES. SUSPENSION




Promulgación: 11/10/1933
Publicación: 24/10/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 971

Artículo 1

   Declárase que la disposición contenida en el apartado 2° del artículo 22
de la ley promulgada el 4 de Agosto de 1933, no reduce los plazos
establecidos en el decreto-ley de 26 de Abril de este año, sobre suspensión
de las ejecuciones por el término de seis meses.

TERRA - PEDRO COSIO
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