OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA DE LUCIANO MACEDO




Promulgación: 13/09/1933
Publicación: 19/09/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 837

Artículo 1

   Concédese a la señora viuda de don Luciano Macedo, una pensión vitalicia inembargable de mil ochocientos pesos anuales ($ 1.800), quedando sin efecto la que pudiera corresponderle por la ley de Jubilaciones y Pensiones Civiles.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

TERRA - PEDRO COSIO
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