PLAGAS. LUCHA CONTRA LA LANGOSTA




Promulgación: 08/08/1933
Publicación: 16/08/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 725
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Encomiéndase al Estado Mayor del Ejército la dirección y contralor de la lucha contra la langosta, en la que colaborarán, en lo que a la materia se refiere, los funcionarios del Ministerio de Industrias, en la forma que éste reglamente. Las autoridades policiales prestarán todo el concurso que 
requiera el Estado Mayor del Ejército, a los fines de esta ley.

TERRA - AUGUSTO CESAR BADO - JULIO CESAR CERDEIRAS ALONSO - P. MANINI RIOS
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