{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "9061" 
  ,"anioNorma" : 1933 
  ,"nombreNorma" : "JUNTA DELIBERANTE DE COLONIA. AUTORIZACION. VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. PAVIMENTACION. PRESTAMOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1933/07/25/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/07/1933" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/07/1933" 
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  ,"anio" : 1933 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9061-1933/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase a la Junta Deliberante de Colonia para contratar con la Caja Nacional de Ahorro Postal un empréstito de cien mil pesos ($ 100.000.00) para el pago de las obras de ampliación del pavimento de la villa de Nueva\r\nPalmira, contratadas por el ex Concejo de Administración de aquel Departamento.\r\n " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9061-1933/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La operación se realizará mediante la emisión de bonos, que se denominarán \"Bonos Municipales de Pavimentación de la Ciudad de Nueva Palmira, 2.ª serie\"\r\ny gozarán de siete y medio por ciento (7 1/2 %) de interés anual y uno por ciento (1 %) anual de amortización acumulativa, ajustándose, en lo demás, a las mismas condiciones establecidas para los de la emisión anterior. La colocación de los bonos, en esta operación, se hará al tipo de noventa y tres por ciento (93 %) de su valor nominal. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "    El servicio de intereses y amortización lo efectuará la Dirección de Crédito Público. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/9061-1933/4" 
 ,"textoArticulo" : "    La Dirección General de Impuestos Directos retendrá, de las rentas que corresponden al Municipio de Colonia, las cantidades necesarias para realizar dicho servicio, y las depositará en la Dirección de Crédito Público. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
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  ,"firmantes" : " TERRA - ALBERTO MAÑE " 
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