BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). DEPARTAMENTO DE CREDITO RURAL E INDUSTRIAL. SECCION CREDITO AGRICOLA DE HABILITACION. CREACION. ORGANIZACION
El interés de estas operaciones será fijado por el Directorio del Banco y no podrá ser en ningún caso mayor del cinco y medio por ciento anual. Los saldos necesarios para completar esos servicios serán tomados de Rentas Generales.