BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). DEPARTAMENTO DE CREDITO RURAL E INDUSTRIAL. SECCION CREDITO AGRICOLA DE HABILITACION. CREACION. ORGANIZACION
Sin perjuicio del privilegio ya establecido del arrendador en su caso, desde el momento que se produzca la siembra, la totalidad de las sementeras o plantío objeto del préstamo, quedará automáticamente prendado al Banco de la República, quien en la época de la cosecha determinará si ésta debe quedar depositada en la explotación del deudor o ser transportada a los depósitos, graneros oficiales, mercados de frutos o estación más cercana.