{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "8869" 
  ,"anioNorma" : 1932 
  ,"nombreNorma" : "ADMINISTRACION DE FERROCARRILES Y TRANVIAS DEL ESTADO. PRESUPUESTO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1932/08/02/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/07/1932" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/08/1932" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1932 
  ,"pagina" : 417 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/leyes/8869-1932?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8869-1932/1" 
 ,"textoArticulo" : "    El presupuesto general de la Administración de Ferrocarriles y Tranvías \r\ndel Estado, correspondiente al ejercicio económico 1932-1933, queda fijado \r\nen las siguientes cifras:\r\n\r\nPlanilla global de sueldos ............................. 	 $ 430.000 \r\nPlanilla global de gastos  .............................	 \" 288.800 \r\n              Total ....................................	 $ 718.800\r\n(*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/8869-1932/6\" >6</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8869-1932/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase al Directorio de la Administración a disponer de una partida \r\nhasta de trece mil pesos mensuales para personal y gastos extraordinarios \r\nde la línea \"Florida-Sarandí del Yí\", siempre que toda o parte de esa línea \r\nfuere terminada y librada al servicio público, por los meses que estuviere  \r\nen servicio. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8869-1932/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase igualmente al Directorio de la Administración a disponer de otra partida hasta de catorce mil pesos mensuales, para personal y gastos extraordinarios de la línea \"Treinta y Tres-Río Branco\", siempre que toda o parte de la línea fuere terminada y librada al servicio público y por los meses que estuviere en servicio. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8869-1932/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase igualmente al Directorio de la Administración y por resolución de seis votos conformes:\r\n\r\nA) A hacer transposición de rubros dentro de una misma sección o de una  \r\n   sección a otra, aunque ello implique el cambio de destino del personal \r\n   correspondiente.\r\nE) A modificar la denominación de cualquier rubro aunque ello implique el \r\n   cambio de cometido del personal correspondiente. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8869-1932/5" 
 ,"textoArticulo" : "    El Consejo Nacional de Administración dispondrá que los entes autónomos industriales viertan hasta la cantidad de ciento noventa mil pesos en la Administración de los Ferrocarriles y Tranvías del Estado, los que se destinarán a enjugar el déficit que resulte en las planillas de sueldos y gastos autorizados por la presente ley.\r\n   La suma a entregarse se distribuirá entre los diversos entes autónomos  \r\nindustriales del Estado, en proporción a las respectivas ganancias en el  \r\nejercicio 1932-1933. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/8869-1932/5?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8869-1932/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase al Consejo Nacional de Administración a fijar los sueldos de los miembros del Directorio, y sus importes quedarán comprendidos en la planilla global para sueldos del artículo 1.° " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8869-1932/7" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " FABINI - FEDERICO E. CAPURRO -  MANUEL V. RODRIGUEZ " 
 }