LEY ORGANICA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION




Promulgación: 13/07/1932
Publicación: 23/09/1932
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1932
  •    Página: 380

CAPITULO III
Consejo Directivo

Artículo 4

   Los miembros del Consejo, elegidos por los profesores, deberán estar en ejercicio de la función docente en la misma Facultad, ya sea como catedráticos titulares, interinos o como encargados de grupos. Dos de ellos, por lo menos, deberán poseer título de doctor en Ciencias Económicas y de Administración, contador o perito mercantil. Simultáneamente se elegirá igual número de suplentes. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 9.278 de 26/02/1934 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 8.865 de 13/07/1932 artículo 4.
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