{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "8842" 
  ,"anioNorma" : 1932 
  ,"nombreNorma" : "CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION. AUTORIZACION. FIJACION DE PRECIOS. UVA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1932/04/20/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/04/1932" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/04/1932" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1932 
  ,"pagina" : 191 
  } 
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  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8842-1932/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase al Consejo Nacional de Administración para fijar el precio \r\nmínimo de la uva destinada a la elaboración de vinos comunes, de la cosecha del año 1932, en los contratos que se realicen después del 6 de Abril del presente año y en los ya celebrados en esa fecha cuando no se hubiere estipulado precio teniendo en cuenta el costo de producción, previo el asesoramiento de una Comisión mixta formada por tres viticultores y tres bodegueros y presidida por el Decano de la Facultad de Agronomía.\r\n   El asesoramiento a que se refiere este artículo deberá producirse dentro de los cinco días de designada la Comisión.\r\n   La Comisión Asesora se podrá expedir con cuatro de sus miembros. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/8842-1932/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8842-1932/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La falta de cumplimiento en lo dispuesto en el artículo anterior será penada con una cantidad igual al 50 % de la cantidad que se hubiere dejado de abonar. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8842-1932/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El Consejo Nacional de Administración dará cuenta a la Asamblea General de las disposiciones que tome. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8842-1932/4" 
 ,"textoArticulo" : "    El Consejo Nacional de Administración nombrará, además, una Comisión Asesora con la misión de estudiar el problema vitivinícola en toda su amplitud y proponer un plan al respecto antes del 31 de Diciembre de 1932. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8842-1932/5" 
 ,"textoArticulo" : "    El Consejo Nacional de Administración reglamentará la presente ley. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8842-1932/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " FABINI - EDMUNDO CASTILLO - MANUEL V. RODRIGUEZ " 
 }