Prorrógase hasta el 31 de Octubre del corriente año, el presupuesto permanente de la Corte Electoral sancionado el 23 de Octubre de 1928 y que importa, con las modificaciones introducidas por el artículo 1.o de la ley de 28 de Abril de 1931, la suma anual de cuatrocientos ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y dos pesos ($ 483.462.00).
BERRETA - JUAN C. MUSSIO FOURNIER - MANUEL V. RODRIGUEZ