{  "tipoNorma" : "Ley" 
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  ,"nombreNorma" : "PRESUPUESTO. MODIFICACION" 
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    ,"fechaPromulgacion" : "17/07/1930" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/07/1930" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8652-1930/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Amplíase en la siguiente forma la planilla número 90 del Presupuesto General de Gastos correspondiente al Ministerio de Instrucción Pública (Consejo de Patronato de Delincuentes y Menores).\r\n\r\n                     Radio Urbano de Menores en Malvín\r\n1 Administrador                                   $ 	1.800\r\n1 Auxiliar 	                                   \"      960\r\n1 Inspector                                       \" 	1.080\r\n7 Inspectores Vigilantes a $ 960.00 c/u.          \"    6.720\r\n2 Peones a $ 840.00 cada uno.                     \"    1.680 \r\n1 Cocinero                                        \" 	  960\r\n1 Ayudante de cocina                              \"      840\r\n1 Costurera, encargada de la ropería              \"      840 \r\n1 Chauffeur                                       \"      840	\r\n1 Practicante de medicina                         \"      960\r\n 	\r\n                                Gastos\r\n\r\nManutención de empleados y menores                $   11.600 \r\nVestuario y lencería                              \"    2.400\r\nAgricultura                                       \"      240\r\nPara instalación y funcionamiento de talleres,\r\n fomento de enseñanza industrial y maestros\r\n obreros                                          \"    3.720                                       \r\nAlumbrado, combustible y energía                  \"      960\r\nGastos generales escolares                        \"      480\r\nMedicamentos                                      \"      480\r\nPeluquería                                        \"      240\r\nLimpieza e Higiene                                \"      480\r\nReparación de Edificios                           \"      240 \r\nSostenimiento de un automóvil                     \"      600 \r\n    Total                                         $   38.120 " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "    Modifícase en la siguiente forma la misma planilla en la parte correspondiente a la Colonia Educacional de Varones:\r\n\r\n   1 Médico con la obligación de prestar servicios médicos y antropométricos en el Radio Urbano de Menores $ 3.000. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "    Las precedentes partidas se acuerdan con la antigüedad del 1.° de Julio de 1929. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8652-1930/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Los puestos de Administrador, Inspector e Inspectores Vigilantes, al vacar se llenarán con maestros, siempre que no perjudiquen al ascenso.\r\n   Igualmente los puestos de Director, Inspectores, Inspectores Vigilantes y Auxiliares de Vigilantes en la Escuela Educacional de Varones al vacar se llenarán con maestros, siempre que no perjudiquen al ascenso.\r\n   En el Consejo de Patronato de Delincuentes y Menores se abrirá un registro en el cual se anotarán los maestros que deseen ocupar las vacantes a producirse y el Consejo deberá necesariamente proveerlas con los anotados siempre que el número de éstos fuese de seis o más. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8652-1930/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Los menores de 16 años que incurran en delitos castigados por el Código Penal con pena de penitenciaría y los menores de 18 años que incurran en delitos castigados por el mismo Código con pena de multa o prisión, sufrirán la prisión preventiva en el Radio Urbano de Menores en Malvín. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8652-1930/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
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  ,"firmantes" : " BRUM - ALBERTO DEMICHELI - MANUEL V. RODRIGUEZ " 
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