{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "8463" 
  ,"anioNorma" : 1929 
  ,"nombreNorma" : "FACULTAD DE AGRONOMIA. ESCUELA EXPERIMENTAL DE RIEGO. CREACION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1929/09/27/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/09/1929" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/09/1929" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1929 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8463-1929/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Créase una Estación Experimental de Riego anexa a la Cátedra de Ingeniería Rural de la Facultad de Agronomía. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8463-1929/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La Estación Experimental de Riego tendrá las siguientes funciones:\r\nA) Estudiar todos los problemas relacionados con la aplicación del riego \r\n   agrícola en el país.\r\nB) Proporcionar enseñanza práctica en el manejo de aguas y en todo lo que \r\n   se relacione con la aplicación del riego a los estudios del curso \r\n   respectivo.\r\nC) Dictar breves cursos prácticos sobre manejo de aguas. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8463-1929/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Destínase de Rentas Generales la cantidad de quince mil pesos ($ 15.000.00) para los gastos que demande su instalación. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8463-1929/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Incorpóranse a la planilla de la Facultad de Agronomía del Presupuesto General de Gastos los siguientes rubros:\r\n\r\n                         Estación Experimental de Riego	\r\n\r\n1 Jefe, ingeniero agrónomo $ 200.00 ........................ $ 2.400 -\r\n1 Ayudante $ 150.00 ........................................ \" 1.800 -\r\n  Para gastos de funcionamiento y personal	\r\n      de trabajo $ 250.00  ................................. \" 3.000 -\r\n \r\n                               Total ....................... $ 7.200 - " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8463-1929/5" 
 ,"textoArticulo" : "    El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8463-1929/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BRUM - SANTIN CARLOS ROSSI - MANUEL V. RODRIGUEZ " 
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