{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "8252" 
  ,"anioNorma" : 1928 
  ,"nombreNorma" : "CARRERA UNIVERSITARIA. DOCTOR EN ODONTOLOGIA. EXPEDICION DE TITULO UNIVERSITARIO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1928/07/20/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/07/1928" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/07/1928" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
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  ,"anio" : 1928 
  ,"pagina" : 380 
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  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/leyes/8252-1928?verreferencias=norma" 
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  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8252-1928/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Desde la promulgación de la presente ley la Universidad otorgará el título de doctor en odontología a los que cursen con aprobación los estudios de la Escuela de Odontología, pudiendo ejercer la profesión de cirujano dentista en todo el territorio de la República.(*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/8252-1928/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/8252-1928/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Los actuales dentistas dentro del plazo de tres años podrán canjear el título que poseen por el que se establece en el artículo anterior solicitándolo de la Universidad.- " 
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  ,"firmantes" : " CAVIGLIA - E. RODRIGUEZ FABREGAT - MANUEL V. RODRIGUEZ " 
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