REGISTRO CIVICO NACIONAL. CIUDADANIA. REGLAMENTACION




Promulgación: 02/02/1928
Publicación: 10/02/1928
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1928
  •    Página: 50
Referencias a toda la norma

Artículo 28

   Facúltase a la Corte Electoral para organizar nuevos servicios que esta ley le encomienda, tomando el personal de Auxiliares y los locales necesarios para cumplirla.
Ayuda