Las cartas de ciudadanía serán entregadas por la Secretaría de la Corte Electoral de Montevideo, la cual remitirá a las Oficinas Electorales Departamentales, bajo recibo, las que correspondan a los demás Departamentos. La entrega de las cartas de ciudadanía se hará al portador del recibo a que se refiere el artículo 17 o al solicitante de la carta que se presente personalmente.