CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION. BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 12/08/1926
Publicación: 17/08/1926
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1926
  •    Página: 414

Artículo 5

   Las "Obligaciones Hipotecarias 1926" gozarán un interés de seis por ciento anual pagadero por trimestres vencidos.
   El servicio de amortización se realizará en los meses de Junio y Diciembre de cada año, en la forma dispuesta por el artículo 29 de la ley orgánica del Banco, destinándose a esa amortización los fondos que expresa el artículo 32, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 42 de la misma ley. Los servicios de interés y amortización y sorteos se realizarán en la Administración central del Banco.
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