La Proveeduría llevará una cuenta corriente a cada repartición acreditando la suma que les asigna la ley de Presupuesto y debitando el importe de las mercaderías que suministra.
Cuando los fondos que la ley asigna a cada dependencia no fueran suficientes para atender los suministros respectivos, dará cuenta a la superioridad a los efectos a que hubiere lugar, indicando si de otras oficinas existen saldos disponibles que permitan el refuerzo.