{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "7654" 
  ,"anioNorma" : 1923 
  ,"nombreNorma" : "REGISTRO DE ESTADO CIVIL. NACIMIENTOS. DEFUNCIONES. INSCRIPCIONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1923/11/29/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/11/1923" 
  ,"fechaPublicacion" : "29/11/1923" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
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  ,"anio" : 1923 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/7654-1923/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Desde la promulgación de la presente ley, las gestiones judiciales para la inscripción de nacimientos y defunciones omitida en el Registro Civil podrán hacerse de acuerdo con los procedimientos establecidos para el caso por la ley de 12 de Julio de 1921. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/7654-1923/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.- " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " FLEURQUIN - PABLO BLANCO ACEVEDO - MANUEL V. RODRIGUEZ " 
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