Prorrógase hasta el 31 de Octubre del corriente año el Presupuesto General de Gastos que rige hasta el 31 de Agosto.
El P. E., durante el período de prórroga, sólo podrá disponer de dos duodécimos de las partidas que figuran en el referido Presupuesto.
Comuníquese, etc.
SOSA - R. VECINO - MANUEL V. RODRIGUEZAyuda