CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES. BENEFICIOS JUBILATORIOS




Promulgación: 24/06/1921
Publicación: 27/06/1921
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1921
  •    Página: 282

Artículo 1

   Concédese por gracia especial al señor Ernesto Bartolozzi un plazo de sesenta días para presentarse a la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles, a fin de ampararse a los beneficios de la ley de 29 de Octubre de 1919, sobre jubilación de los empleados de las ex Empresas Navieras de Antonio D. y Manuel Lussich de Hijos de José Pascual.

BATLLE Y ORDÓÑEZ - R. VECINO - T. VIDAL BELO
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