LEY ORGANICA DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). MODIFICACION




Promulgación: 05/07/1920
Publicación: 07/07/1920
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 22

   Al artículo 95 se le agrega el siguiente párrafo final: "A falta del Presidente y del Vice, el Directorio, estando en quórum, designará un Presidente ad-oc, que tomará a su cargo provisoriamente las funciones correspondientes a la Presidencia del Banco, con todas las facultades propias de ésta."
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