MONEDAS





Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros:
   Tomo: 05
   Página Inicial: 317
   Página Final: 320

Promulgación: 23/06/1862

Resumen:

Declárase que desde el 1° de enero de 1863 la moneda nacional es el peso
de plata y el doblón de oro, quedando derogadas las Leyes Nos. 208, 254, 255, 382, 414, 415, una del 19 de julio de 1854, 523, 524, 527 sobre el Banco Mauá, el artículo 4° de la Ley de fecha 17 de julio de 1857 sobre
el del Salto y el artículo 5° de la Ley de la misma fecha sobre el 
Comercial.
Derogada/o por: Ley Nº 9.760 de 18/01/1938 artículo 7.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Ley Nº 775 de 28/05/1863 
artículo 2.


		
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