El Poder Ejecutivo podrá autorizar en los frigoríficos y demás establecimientos industriales el uso de balanzas y básculas con el peso señalado por kilogramos y por libras, siempre que esos elementos se empleen exclusivamente en regularizar las operaciones de exportación con destino a países donde no rige el Sistema Métrico Decimal.
También se permitirá anotar en las envases de mercaderías en las condiciones del inciso anterior las medidas o pesos en otros sistemas.
Esas autorizaciones serán de carácter precario y resueltas en cada caso
por el Poder Ejecutivo.