FUNCIONARIOS MILITARES. ASCENSOS. RETIROS




Promulgación: 01/02/1919
Publicación: 06/02/1919
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1919
  •    Página: 165
Referencias a toda la norma

CAPITULO I
De la jerarquía militar

Artículo 3

   El empleo de un militar es la función que desempeña por razón de su colocación en la escala jerárquica.
   Destino es la comisión en unidad o repartición militar o cualquier otra que por el Ministerio de Guerra y Marina le designe el Poder Ejecutivo.
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