FUNCIONARIOS MILITARES. ASCENSOS. RETIROS




Promulgación: 01/02/1919
Publicación: 06/02/1919
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1919
  •    Página: 165
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
De las situaciones militares

Artículo 23

   Los retirados quedan sujetos a la jurisdicción militar, dentro de las disposiciones del Código de la materia, por el término de cuatro años.
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