FUNCIONARIOS MILITARES. ASCENSOS. RETIROS




Promulgación: 01/02/1919
Publicación: 06/02/1919
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1919
  •    Página: 165
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
De las situaciones militares

Artículo 19

   Decláranse en situación de retiro, con derecho al uso de uniforme y con
los sueldos correspondientes al grado superior inmediato, con más la
bonificación del 20 %, y sin descuento alguno, a los jefes y oficiales de la "Lista de 6 de Mayo de 1907 (Defensa de Montevideo, Caseros y Guerra del Paraguay). (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 7.040 de 05/11/1919 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 6.868 de 01/02/1919 artículo 19.
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